
¿Multa por No Recoger Carta Certificada? La Verdad (2026)
¿Crees que si no firmas te libras? Error. Qué es la 'Vía Edictal' y por qué te embargarán igual (o más). Plazos y soluciones.
Contenido
Aviso Importante: La normativa administrativa y judicial en España es estricta con las notificaciones. Este artículo explica el funcionamiento general de la Ley 39/2015 y la LEC.
Existe un mito urbano muy peligroso: “Si no cojo la carta del cartero o no firmo el aviso, es como si no me hubieran notificado y no pueden hacerme nada”. Este planteamiento es falso y es, probablemente, el error más caro que puedes cometer frente a la Administración o los Juzgados.
El Mito del Avestruz
Esconder la cabeza no hace que el problema desaparezca. La ley española está diseñada para evitar que un ciudadano paralice un proceso simplemente negándose a abrir la puerta.
Si rechazas la notificación o no vas a correos a recogerla en los 7 días (o 15 días según el caso) de plazo, ocurren dos cosas:
- Consta como “Rechazada” o “Ausente”: Correos certifica que lo ha intentado.
- Vía Edictal: La administración publica tu nombre y DNI en el BOE (Tablón Edictal Único).
Desde el momento en que sales en el BOE, se te da por notificado a efectos legales. Al estado le da igual si lo has leído o no. Los plazos para recurrir o pagar empiezan a contar.
Consecuencias de no recogerla
1. Pierdes dinero (Multas)
Si la carta era una multa de tráfico:
- Pierdes el derecho al 50% de descuento por pronto pago.
- Pierdes el plazo para recurrir o identificar al conductor.
- La multa pasa a vía ejecutiva con recargos (20%) y termina en embargo directo de tu cuenta.
2. Pierdes defensa (Juzgados)
Si la carta era una demanda o citación judicial:
- El juicio sigue sin ti (Rebeldía Procesal), ya sea una reclamación de deuda o una citación como testigo.
- No puedes presentar pruebas ni abogados.
- Te condenarán y te enterarás cuando te embarguen la cuenta, sin posibilidad ya de “volver atrás”.
3. Mala Fe (Burofax entre particulares)
Si es tu empresa quien te despide por burofax o tu casero quien te reclama el alquiler:
- Si te niegas a cogerlo, los jueces suelen entender que hay una “voluntad impeditiva” (mala fe).
- Se presume que conoces el contenido, y la notificación surte efectos.
4. Notificaciones Electrónicas (DEHú)
Si eres autónomo, empresa o has elegido relacionarte electrónicamente con la administración, ya no te llegará carta física.
- Te notifican en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú).
- Tienes 10 días naturales para abrirla.
- Si no entras: Al día 11, se considera “rechazada” automáticamente y el procedimiento sigue.
- Peligro: Mucha gente no mira su buzón electrónico y se encuentra el embargo meses después sin saber por qué.
¿Qué debo hacer si veo un aviso de Correos?
Recogerla. Siempre. Es la única forma de saber a qué te enfrentas y ganar tiempo.
- Si es una multa, al recogerla empiezas a contar los 20 días para el descuento.
- Si es un juicio, tienes margen para buscar abogado.
No recogerla solo acelera el proceso en tu contra y te quita herramientas de defensa.
Resumen: ¿Qué hacer?
- SIEMPRE recoge las cartas certificadas (solo así sabes a qué te enfrentas).
- No recoger NO te libra: Te notifican por edictos (BOE) y los plazos corren igual.
- Multas: Pierdes descuento pronto pago + plazo para recurrir.
- Juicios: Pueden celebrarse en rebeldía (sin ti).
Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye asesoramiento profesional. Consulta con un abogado si has recibido una notificación judicial.


