¿Cuándo prescribe una deuda? Plazos por tipo de acreedor
No todas las deudas duran para siempre. Bancos, Hacienda, Comunidades y tarjetas tienen plazos. Tabla completa de prescripción en España.
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Importante: La prescripción NO borra la deuda automáticamente. Debes alegarla tú si te demandan. Si no la alegamos, el juez puede condenarte igual.
Hay una luz al final del túnel para quienes arrastran deudas antiguas. En España, las deudas prescriben pasado un tiempo si el acreedor no ha reclamado judicialmente.
Pero cuidado: no todas las deudas tienen el mismo plazo, y hay acciones que “despiertan” el reloj y lo reinician.
Tabla de Prescripción por Tipo de Deuda
| Tipo de Deuda | Plazo | Normativa |
|---|---|---|
| Tarjetas de crédito / Préstamos personales | 5 años | Art. 1964 CC (reforma 2015) |
| Facturas (luz, gas, teléfono) | 5 años | Art. 1964 CC |
| Comunidad de Propietarios | 5 años | Art. 1966 CC (más info) |
| Alquileres impagados | 5 años | Art. 1966 CC |
| Deudas con Hacienda (IRPF, IVA) | 4 años | Art. 66 LGT |
| Deudas con Seguridad Social | 4 años | Art. 24 LGSS |
| Multas de Tráfico | 4 años (para cobrar) | Ley 39/2015 (más info) |
| Hipoteca (capital) | 20 años | Art. 1964 CC |
| Pensión de alimentos | 5 años por mensualidades | Art. 1966 CC (más info) |
¿Cuándo empieza a contar el plazo?
El “reloj” de la prescripción arranca desde:
- La fecha de vencimiento de la deuda (cuando debías pagar y no lo hiciste).
- O desde el último reconocimiento de deuda o pago parcial.
Acciones que REINICIAN el contador (Interrupción)
- Reconocimiento de deuda: Firmar un documento reconociendo que debes.
- Pago parcial: Ingresar aunque sea 1€ a cuenta.
- Demanda judicial: Si te demandan, el plazo se interrumpe.
- Notificación fehaciente de Hacienda/SS: Un requerimiento formal reinicia los 4 años.
Acciones que NO interrumpen
- Llamadas telefónicas de empresas de recobro.
- Cartas ordinarias (no certificadas).
- Amenazas verbales.
¿Cómo alego la prescripción?
Si te demandan por una deuda que crees prescrita:
- En la contestación a la demanda: Tu abogado debe alegar expresamente la prescripción (excepción perentoria).
- Presenta pruebas: Extractos bancarios que demuestren que no has pagado nada en X años, o que no has recibido demandas previas.
Ojo: Si no alegas la prescripción, el juez NO la aplica de oficio. Te condenarán aunque la deuda estuviera prescrita, porque no la invocaste.
Deudas con Hacienda: El Caso Especial
Hacienda tiene 4 años para reclamarte impuestos no pagados. Pero son muy eficientes:
- Cualquier notificación (aunque sea en el Tablón Edictal) reinicia el plazo.
- Consulta nuestro artículo sobre declaraciones no presentadas para más detalles.
¿Desaparece la deuda del fichero de morosos?
No automáticamente. Aunque la deuda prescriba:
- Puedes seguir en ficheros como ASNEF hasta que solicites la baja.
- Debes reclamar a la entidad que te incluyó aportando prueba de la prescripción.
Resumen: ¿Qué hacer?
- Alega la prescripción si te demandan (no se aplica automáticamente).
- No reconozcas deudas antiguas por teléfono o escrito.
- Consulta los plazos: 5 años (deudas privadas), 4 años (Hacienda/SS).
- Si la deuda prescribió, exige la baja de ficheros de morosos.
Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye asesoramiento profesional. Consulta con un abogado para tu caso específico.